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Derecho preferente a vacaciones, cambios de turno y teletrabajo a partir de febrero 2024 serán derecho para padres y madres

Autoridades regionales encabezadas por el Delegado Presidencial, Fabio López, la Seremi del Trabajo y Previsión Social (s) Daniela Cabera y la Seremi de la Mujer y Equidad de Género, Constanza Valencia, junto a la Presidenta Provincial CUT Cachapoal, María Guzmán y la Agrupación de Cuidadoras Yo Cuido, dieron a conocer en la Plaza de los Héroes de Rancagua, los alcances de la nueva ley de “Conciliación de la vida personal, familiar y laboral”.

Esta normativa, aprobada de forma unánime en el Congreso y con un amplio consenso político y social, modificó el Código del Trabajo, en miras a regular el trabajo híbrido y fortalecer la inserción laboral femenina, en un mercado de trabajo donde 1 de cada 3 mujeres, no forma parte de la fuerza de trabajo, por ejercer labores de cuidado no remunerado. Beneficiando así a más de 300 mil padres y principalmente madres de niños menores de 14 años y a cuidadoras de personas en situación de discapacidad o dependencia. En tanto, respecto al feriado preferente y la modificación de jornada o turnos, podrán ejercer su derechos un total de casi 2 millones de trabajadores. 

Al respecto la Seremi (s) Daniela Cabrera, destacó que “esta ley es un paso significativo para consolidar nuestra agenda del Trabajo Decente con miras a generar condiciones más favorables para la igualdad de género en el mercado laboral, avanzando también en corresponsabilidad social. Para ello, desde el mes de febrero 2024, podrán ejercer este derecho trabajadoras y trabajadores bajo el Código del Trabajo, que sean padres, madres o cuidadores”.

Por su parte Constanza Valencia, Seremi de la Mujer y Equidad de Género, aseguro que “esta iniciativa, indudablemente generará beneficios para todos los miembros de las familias, destacando especialmente el impacto positivo en las mujeres. Dado que, en gran medida, son las mujeres quienes desempeñan roles predominantes en las responsabilidades de cuidado hacia niñas, niños, adolescentes y familiares. Siendo un paso significativo en nuestro compromiso, como gobierno del Presidente Gabriel Boric, por la construcción de un Chile inclusivo para todas y todos”, concluyó.

¿Cómo funcionará la Ley de Conciliación de la vida personal, laboral y familiar?

Respecto a cómo se podrá acceder a los beneficios de esta nueva ley, la Seremi (s) Daniela Cabrera, detalló que la normativa se compone de tres grandes temas, donde se aplicarán requisitos específicos para las trabajadoras, trabajadores y cuidadoras.

Respecto al derecho a vacaciones preferentes estas se podrán ejercer durante el periodo de vacaciones definidas por el Ministerio de Educación y se concederá el feriado a las y los trabajadores que tienen al cuidado a un niño o niña menor de catorce años, un adolescente menor de 18 años con discapacidad, o a quienes tienen el cuidado de una persona con dependencia severa o moderada, por sobre otros trabajadores sin tales obligaciones.

Para ejercer la modificación de los turnos o distribución de jornadas de trabajo, se podrá solicitar de forma diaria o mensual, adecuándose también al período de vacaciones escolares de sus hijos, siempre y cuando la naturaleza y el horario de sus funciones lo permita. 

Sobre el trabajo híbrido a distancia o teletrabajo, la autoridad aclaró que “Se podrá pactar que toda o parte de su jornada diaria o semanal pueda ser desarrollada bajo modalidad de trabajo a distancia. Para ello la trabajadora deberá acreditar la condición de cuidadora y proponer la fórmula de teletrabajo, la cual no podrá cambiar las condiciones contractuales del o la trabajadora que lo solicita. Tras esto el empleador deberá entregar en 15 días su respuesta, pudiendo negar este derecho solo en caso de que la naturaleza de sus funciones no permita el teletrabajo, la inexistencia de condiciones de conectividad o de seguridad y salud”, recalcó la también Directora Regional del Trabajo, Daniela Cabrera.

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